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Modelo 130: pago fraccionado de IRPF para autónomos

14 enero 2026 8 min lectura Finanz.es

El Modelo 130 es la herramienta que Hacienda utiliza para que los trabajadores autónomos vayan pagando su IRPF a lo largo del año, en lugar de hacerlo todo de golpe en la declaración anual. Al igual que los asalariados ven una retención en su nómina cada mes, los autónomos hacen pagos a cuenta trimestrales. Entender cómo funciona este trámite es esencial para evitar sustos en la declaración de la renta y para planificar la tesorería de tu negocio.

¿Qué es el Modelo 130?

El Modelo 130 es el documento oficial mediante el cual los autónomos y profesionales que desarrollan actividades económicas presentan el pago fraccionado del IRPF. Es un pago a cuenta, no un impuesto en sí mismo: lo que pagas en el Modelo 130 se descuenta de lo que luego tendrías que abonar (o que Hacienda te tendría que devolver) en la declaración anual del IRPF.

¿Quién está obligado a presentarlo?

No todos los autónomos tienen que presentar el Modelo 130. Están exentos de la obligación quienes cumplan alguno de estos requisitos:

En cambio, deben presentarlo los autónomos cuyos ingresos no estén mayoritariamente sujetos a retención (por ejemplo, si facturas a particulares o a entidades que no practican retención) y cuyo resultado de la última declaración anual del IRPF fue positivo y supera un mínimo establecido.

Cómo se calcula el pago fraccionado

El cálculo del Modelo 130 en estimación directa (régimen general) es el siguiente:

  1. Ingresos del trimestre: suma de las facturas emitidas en el trimestre (sin IVA).
  2. Gastos del trimestre: suma de los gastos deducibles (sin IVA), incluida la cuota de autónomos.
  3. Rendimiento neto: ingresos menos gastos.
  4. Pago fraccionado: rendimiento neto × 20%.
  5. Deducción: se restan las retenciones e ingresos a cuenta soportados en el trimestre.

Resultado = (Ingresos − Gastos) × 20% − Retenciones ya soportadas. Si el resultado es positivo, se ingresa a Hacienda. Si es negativo, se puede compensar en trimestres siguientes o solicitar devolución.

Estimación directa simplificada

Los autónomos que aplican la estimación directa simplificada (régimen simplificado) pueden deducir el 5% adicional por gastos de difícil justificación, hasta un máximo de 2.000 € anuales. Este 5% se aplica sobre el rendimiento neto positivo antes de esta deducción. El resto del cálculo es similar al de estimación directa normal.

Calendario de presentación del Modelo 130

El Modelo 130 se presenta trimestralmente, dentro de los primeros 20 días naturales del mes siguiente al trimestre:

TrimestrePeriodoPresentación (hasta)
1TEnero – Marzo20 de abril
2TAbril – Junio20 de julio
3TJulio – Septiembre20 de octubre
4TOctubre – Diciembre30 de enero (año siguiente)

Si el plazo coincide con un día no hábil (fin de semana o festivo), se traslada al siguiente día hábil.

¿Qué pasa si el resultado es negativo?

Si en un trimestre los gastos superan a los ingresos (rendimiento neto negativo) o si las retenciones soportadas son mayores que el pago fraccionado calculado, el resultado del Modelo 130 es negativo. En ese caso, no tienes que ingresar nada, pero el importe negativo se acumula para compensarse en trimestres posteriores del mismo año. En la declaración anual del IRPF se ajusta todo.

La relación con la cuota de autónomos

La cuota mensual de la Seguridad Social (RETA) es un gasto deducible para el autónomo. Se incluye entre los gastos del trimestre en el cálculo del rendimiento neto del Modelo 130. Esto significa que la cuota de autónomos no solo se paga por separado, sino que también reduce el beneficio y, por tanto, el pago fraccionado del IRPF. Para calcular tu cuota de autónomos y el Modelo 130 de forma integrada, puedes usar nuestra calculadora de autónomos.

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Errores frecuentes en el Modelo 130

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 130?

Los autónomos que desarrollan actividades económicas y cuyos ingresos no están mayoritariamente sujetos a retención. Si al menos el 70% de tus ingresos ya tienen retención, no estás obligado.

¿Cuándo se presenta el Modelo 130?

Trimestralmente, dentro de los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero. El cuarto trimestre se presenta en enero del año siguiente.

¿Cuál es el porcentaje del pago fraccionado?

El porcentaje general es del 20% sobre el rendimiento neto del trimestre en estimación directa.

Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento fiscal. Consulta con un asesor fiscal o gestor para tu caso concreto.